lunes, 14 de noviembre de 2011

Consejos a seguir a la hora de comprar la Lotería de Navidad

El objetivo es evitar problemas tanto en el momento de la compra como en el caso de resultar premiados

La Concejalía de Consumo del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), ha emprendido una campaña informativa para ofrecer a los vecinos algunos consejos a seguir a la hora de comprar Lotería de Navidad con el fin de que no tengan problemas ni en el momento de la compra ni en el caso de resultar premiados.
“Tanto el Sorteo de Navidad como el Sorteo del Niño son muy populares y para la mayoría de los consumidores suponen la compra ineludible de algún décimo o participación. En principio, jugar a la lotería, como a cualquier otro juego de azar, puede parecer sencillo pero, a veces, surgen ciertas dificultades que se pueden evitar si seguimos unas sencillas recomendaciones”, explica la Concejala de Consumo de la localidad, Remedios Hernán.
De esta forma, la OMIC ha elaborado un decálogo de buenas prácticas en la compra de Lotería de Navidad que aporta los siguientes consejos:
Comprar lotería en lugares autorizados, comprobando que la lotería tenga el logo, el código y todos los elementos de verificación, ya que se han dado casos de falsificaciones de décimos.
– Si se comparte un décimo con varias personas es recomendable fotocopiarlo, especificando la cantidad que aporta cada uno y recogiendo la firma de cada uno de los pagadores. En el caso de que el portador del décimo original intente cobrar el premio íntegramente sin compartirlo con nadie existiría la posibilidad de denunciarle e ir a juicio para reclamar la parte del premio correspondiente.
– Si se compra un décimo a través de internet hay que tener las mismas precauciones que para cualquier otra compra a través de la red, es decir,acceder a una página web segura, comprobando que la dirección comienza por https:// o que tiene un candado o una llave al pie.
– Es habitual que numerosas agrupaciones, colectivos o entidades cuenten con lotería propia, utilizando un recargo que sirve como medio de financiación o donativo para sus actividades sociales. Si se adquiere un décimo o participación de ellas y para evitar confusiones, hay que asegurarse que está claramente diferenciada la cantidad jugada y el recargo.
– Hay que procurar que no se deteriore el décimo. Si resultase premiado y estuviese estropeado se debe solicitar al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado la autorización para poder cobrarlo.
– También hay que tener cuidado si se recibe un correo electrónico indicando que ha resultado ganador de un premio, ya que hay empresas que se dedican a estafar al consumidor notificándoles que han sido premiados con una cantidad de dinero. Estas empresas suplantan logotipos y símbolos de administraciones de lotería y piden un pago en concepto de tasas para el cobro del premio. El consumidor paga ese cargo, que suele ser inferior a 3.000 € pero, obviamente, nunca recibe su premio.
– El dinero que se obtiene de un décimo premiado está libre de impuestos. Sin embargo, lo que se adquiera con ese dinero o los intereses que genere en el banco, en definitiva, los rendimientos de las ganancias obtenidas con la lotería, deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.
– Una práctica fraudulenta que se produce tras el Sorteo de Navidad es la venta de décimos premiados, con un 10% o 20% más del importe total del décimo. Hay que tener precaución con estas gangas: si se compran boletos de esta forma, posteriormente, no se podrá acreditar ante Hacienda la procedencia de ese dinero y eso puede suponer un acta de inspección que costaría más de la mitad del importe ganado.
– Una de las mayores dificultades que el consumidor se encuentra cuando ha sido agraciado es no saber exactamente cómo se debe cobrar, dónde ponerlo, guardarlo, etc. El banco puede encargarse de hacer todos los trámites necesarios con la administración para el cobro de esas cantidades. En el caso de que, en vez de un décimo, tenga una participación corresponde al emisor de esa participación darle la cantidad correspondiente.
– Todos los décimos premiados tienen plazo de caducidad, que viene indicando en el reverso. En el caso de los de la Lotería de Navidad, ofrecen tres meses como máximo para el cobro. Si se pasa el plazo, se perderán los derechos a recibir el premio.
– Ante cualquier duda o para presentar una reclamación, el organismo competente en la materia es el Ente Público de Loterías y Apuestas del Estado. Fuente

No hay comentarios:

Publicar un comentario